Mediación vecinal y comunitaria

¿Cómo echar a un inquilino de una vivienda alquilada?

En los últimos años, debido a la crisis económica, la compraventa de viviendas en España cayó de forma considerable. Aunque es cierto que este sector está recuperándose poco a poco de este bache, la realidad es que, muchas personas, no quieren arriesgarse a la hora de comprar una vivienda, por lo que apuestan por el alquiler de esta. Además, este no es un tema que afecte únicamente a los inquilinos, sino también a los propietarios, ya que, muchos de ellos desean vender sus propiedades, pero no lo consiguen, bien porque desean adquirir una nueva o bien porque tienen en propiedad más de una y no van a darle ningún uso. Por lo que, en lugar de ponerla a la venta deciden alquilarla. El problema viene cuando el propietario desea que sus inquilinos dejen la vivienda en la mayor brevedad posible, por diferentes motivos como pueden ser: el impago, la necesidad de utilizarla…etc. En muchos casos, se desconocen los derechos y obligaciones que deben cumplir ambas partes y, es entonces, cuando comienzan a surgir las disputas entre el titular y el inquilino.

Motivos para echar a un inquilino

Según lo que indica la Ley de Arrendamientos Urbanos de 2013, los principales motivos para echar a un inquilino de una propiedad arrendada son los siguientes:
  • Si ninguna de las partes dice nada, el contrato se prorrogará de forma automática año a año, siendo prorrogable hasta 3 años.
  • En el caso de que el arrendador desee recuperar el inmueble para que sea su vivienda habitual, o la de alguno de sus familiares, debe avisar a sus inquilinos con 2 meses de antelación. Además, el uso de la vivienda por parte de estos, debe cumplirse en un plazo de 3 meses.
  • Cuando pasen 6 meses desde la fecha del contrato, el propietario puede resolverlo avisando con 30 días de antelación, aunque podría pactarse una indemnización en este caso.
  • A la hora de echar a un inquilino, tienen preferencia las cláusulas estipuladas en el contrato de arrendamiento.
  • Si el arrendatario es miembro de una pareja que decide poner fin a su matrimonio, el cónyuge no arrendatario podrá continuar utilizando la vivienda si se le comunica al arrendador con 2 meses de antelación.
  • La cantidad a pagar puede actualizarse anualmente, al término del contrato, mediante un pacto entre las partes o conforme al IPC.

¿Cuándo comienzan los problemas?

Si se cumpliesen las normas establecidas en esta ley no tendría porque producirse ningún altercado. El problema se produce cuando el inquilino se niega a abandonar la vivienda y el propietario reacciona con chantajes y coacciones. Con esto, lo único que se conseguirá será dilatar el procedimiento en cuestión. Si necesitas ayuda para echar a un inquilino de tu vivienda, no dudes en consultar con un buen abogado que te indique cómo debes hacerlo de la mejor manera posible. ¡Contacta con nosotros y estaremos encantados de asesorarte! En Ecuom contamos con abogados en Alicante, Elda, Petrer y Villena, expertos en esta materia.