Administración y Tributos

Pago de la plusvalía municipal en Alicante

El pago de la plusvalía municipal es nulo cuando no ha existido un incremento en el valor del terreno. El Tribunal Constitucional considera que es inconstitucional tener que hacer frente al Impuesto sobre el Incremento de valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía) cuando no ha existido un incremento de valor del terreno al momento de la transmisión, pues ello entra en contradicción con el principio de capacidad económica del art. 31.1 de la Constitución Española.

La plusvalía municipal es un impuesto que grava el incremento del valor del terreno en el momento de su transmisión, sin embargo, para calcular dicho impuesto se tiene en cuenta el valor catastral del suelo y éste a su vez se multiplica por un coeficiente en función de los años transcurridos, es por ello, que este impuesto se ha estado aplicando hasta la fecha aunque el propietario haya perdido dinero con la transmisión del terreno. Ante ello, el Tribunal Constitucional se pronuncia argumentado que «Resulta, entonces, que aun cuando de conformidad con su regulación normativa, el objeto del impuesto analizado es el “incremento de valor” que pudieran haber experimentado los terrenos durante un intervalo temporal dado, que se cuantifica y somete a tributación a partir del instante de su transmisión, el gravamen, sin embargo, no se anuda necesariamente a la existencia de ese “incremento” sino a la mera titularidad del terreno durante un período de tiempo computable que oscila entre uno (mínimo) y veinte años (máximo)» .

Es por ello, que tras la sentencia del Tribunal Constitucional se abre la posibilidad a todos aquellos contribuyentes que hayan pagado el Impuesto sobre el Incremento de valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana hace cuatro años por haber vendido, donado o heredado un inmueble urbano, de poder reclamar la devolución de dicho impuesto si no existió incremento del valor del terreno en el momento de la transmisión. Si te encuentras en la situación anterior, puedes ponerte en contacto con nuestra firma en los teléfonos o correos electrónicos contenidos en nuestra página web o bien solicita directamente una cita a través del formulario contenido en nuestra página web y te ayudaremos a recuperar el Impuesto cobrado de forma indebida. Ecuom, comprometidos contigo.